La alimentación es un Derecho Humano, y así fue proclamada en la Declaración Universal de Derechos Humanos (ONU, 1948). El derecho a la alimentación es “aquel derecho que tiene cada uno de nosotros de alimentarse con dignidad, tener acceso continuo a los recursos que nos permitirán producir, ganar o poder comprar suficientes alimentos, y no solamente para prevenir el hambre sino también para asegurar la salud y el bienestar” (FAO, 2007). Sin alimentación adecuada, no hay salud.
Las enfermedades vinculadas a la alimentación como la obesidad generan altos costos económicos. Por ejemplo, se estima que la obesidad —principal problema de salud pública en Chile y factor de riesgo de diabetes, hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares y cáncer— le cuesta al Estado chileno más de 1,4 billones de pesos en promedio anual. Por lo tanto, sin alimentación adecuada no hay tampoco desarrollo económico.
Hoy, en medio del inicio del debate de contenidos constitucionales que se llevará a cabo en la Convención Constitucional, nos parece fundamental que este tema sea parte de la discusión de fondo: Incorporar el derecho a la alimentación en la nueva Constitución chilena debe ser un gran primer —y necesario— paso para asegurar una alimentación adecuada y saludable para todas y todos quienes vivimos en Chile, y contribuye —además— al anhelado crecimiento económico del país. La alimentación es el eje central común de 3 pandemias concurrentes en el mundo: la desnutrición, la obesidad y el cambio climático, denominadas en su conjunto sindemia global, e impulsados por un sistema alimentario extremadamente poco saludable bajo políticas gubernamentales centradas, principalmente, en el crecimiento económico. Esta sindemia es hoy día el desafío primordial para la humanidad.
Incorporar el derecho a la alimentación en nuestra nueva Constitución representará un respaldo del Estado por priorizar políticas públicas intersectoriales (esto no atañe sólo a salud) con miras a transformar el sistema alimentario hacia uno más saludable, sostenible y soberano.
Desde el Grupo Transdisciplinario para la Obesidad de Poblaciones (GTOP) de la Universidad de Chile y con el apoyo de académicos y académicas de nuestra Universidad de distintas disciplinas, proponemos que la Constitución incluya que: “Toda persona tiene el derecho fundamental a una alimentación inocua, saludable y sostenible, que cubra sus necesidades biológicas, nutricionales, culturales y sociales. El Estado tiene el deber de garantizar en forma progresiva, continua, permanente y con equidad de género, la disponibilidad y el acceso físico y económico, a alimentos que satisfagan este derecho, así como el ejercicio de la soberanía alimentaria de los pueblos.”
Por: Marcela Araya – Patricia Gálvez – Lorena Rodríguez
Publicado originalmente en Diaria UChile